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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 2 de mayo de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
3530/90, promovido por Naviera del Odiel, S.A., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Estimamos la demanada interpuesta por Naviera del Odiel, S.A. en relación con la resolución dictada por la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 3 de abril de 1990, desestimatoria de la alzada frente a otra de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la misma Consejería, dictada en expediente 129/89, por la que se impuso sanción de multa de 250.000 ptas, por infracción de orden social, la cual anulamos por su disconformidad a derecho, por lo que dejamos sin efecto la sanción impuesta, sin imposición de costas.
Sevilla, 13 de octubre de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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