Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 27/10/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 28 de septiembre de 1992, por la que se prorrogan becas de formación de personal investigador en colaboración con el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, dentro del Plan Andaluz de Investigación, correspondiente a la convocatoria de 1991.

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Concluyendo el primer período de disfrute de la Beca de Formación de Personal Investigador en Colaboración con el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, dentro del Plan Andaluz de Investigación, correspondiente a la Convocatoria de

1991, Orden de 29 de mayo de 1991 (BOJA núm. 51 de 25 de junio), esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero: Prorrogar el disfrute de Beca de Formación de Personal Investigador en colaboración con el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla de la citada convocatoria a los beneficiarios de la misma, que figuran en el Anexo adjunto, hasta el 30 de septiembre de 1993.

Segundo: La dotación de la beca cubrirá los siguientes aspectos:

1. Una asignación mensual de 95.000 pesetas brutas mensuales. 2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

3. Ayuda complementaria de 10.000 pesetas mensuales para el Departamento o Centro donde el beneficiario realice sus investigaciones. La percepción de la beca será incompatible con cualquier otra retribución beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

Tercero. Los beneficiarios están obligados a: a) Desarrollar eficazmente el Plan de Trabajo presentado, de conformidad con las indicaciones del Director del Proyecto. b) Enviar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria anual sobre el desarrollo de la investigación, en la que deberá constar la conformidad del Director del Proyecto. c) Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del Proyecto. La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Sevilla, 28 de septiembre de 1992

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO

Universidad de Córdoba................... D.N.I. López Calvo, Lourdes ......................... 53.362.834

Universidad de Sevilla

Arevalo Rodríguez, Miguel ..................... 28.887.943 Díaz Ferruz, Joaquín ............................. 28.709.017 Duarte Hueros, Ana María ........................... 8.832.213 García Martín, Diego ................................ 52.237.071 García San Juan, Leonardo....................... 31.252.483 Gasent Ramírez, José María ............................ 28.911.409 Gómez Tubio, Ana María ............................ 28.887.009 Govantes Romero, Fernándo ................... 28.903.100 Lora Calvo, José Manuel...................... 28.719.446 Martín del Río, Elvira.......................... 28.897.194 Padilla Muñoz, Eva María .................... 28.727.141 Paredes León, María del Rocío ........................ 27.300.766 Santos Alguacil, Carmen.............................. 25.075.447 Torreblanca López, Joaquín ................... 28.730.462

C.S.I.C.

Instituto Andaluz de Geología Mediterránea Jiménez Nartínez, María Angustias ............................ 52.510.542.

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