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El artículo 7º.1 de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales prevé la sustitución de los miembros representativos de dicho órgano colegiado durante el período de su mandato, a propuesta de la organización a la que represente. Habiéndose producido propuesta en tal sentido de Comisiones Obreras de Andalucía, procede hacer efectivo lo establecido en la indicada norma y disponer los correspondientes ceses.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo
44.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
D I S P O N G O
Artículo Primero. Vengo a cesar como miembros suplentes del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales a D. Ramón Rodríguez López; D. Manuel Verano Martínez; D. Pedro Vaquero del Pozo; D. Armando Oliver Martínez, en representación de Comisiones Obreras de Andalucía.
Sevilla, 7 de octubre de 1992
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
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