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La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación del Sistema Educativo, establece entre las enseñanzas de régimen general el nivel de educación secundaria que comprende la educación secundaria obligatoria y postobligatoria (Bachillerato y Formación Profesional).
En su desarrollo, el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, fija la denominación genérica de los nuevos Centros Públicos. En aplicación de lo dispuesto en su artículo segundo, procede la creación de Institutos de Enseñanza Secundaria, que impartirán, conforme a lo establecido en el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, las enseñanzas del nivel correspondiente y, de manera transitoria hasta su extinción, enseñanzas del Bachillerato Unificado Polivalente, Curso de Orientación Universitaria, Formación Profesional de Primer y Segundo Grado, y Reforma de las Enseñanzas Medias.
Los órganos provinciales de la Administración Educativa han solicitado la modificación de la actual red de Centros Públicos mediante la propuesta de transformación de Institutos de Bachillerato, Institutos de Formación Profesional, Extensiones de Institutos de Bachillerato
y Secciones de Formación Profesional, con el objetivo de racionalizar su estructura de funcionamiento y eliminar la provisionalidad de este último tipo de Centros.
Por todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el art. 19 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde a esta Comunidad Autónoma la Regulación y Administración de la Enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en el ámbito de sus competencias, sin perjuicio de lo dispuesto en los arts. 27 y 149.1.30 de la Constitución, desarrollados en el Título II y la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; y, asimismo, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y el artículo 2º, punto 2 del Real Decreto 1004/1991, de 14 de julio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, con el informe favorable de las Consejerías de Gobernación y de Economía y Hacienda, y a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de septiembre de 1992.
D I S P O N G O:
Artículo 1º. Se crean los Institutos de Enseñanza Secundaria recogidos en el Anexo del presente Decreto.
Artículo 2º. Se autoriza a la Consejería de Educación y Ciencia a establecer las enseñanzas que deberán impartir los citados Centros.
Artículo 3º. Se autoriza a las Consejerías de Gobernación y de Educación y Ciencia para que adopten, siempre que lo permitan los recursos presupuestarios, las medidas precisas para la ejecución del presente Decreto y la adecuación de las plantillas y relación de puestos de trabajo del personal docente y de administración y servicios que se requiera para el eficaz desarrollo de sus actividades, mediante la redistribución necesaria del personal destinado en los centros afectados.
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos, económicos y administrativos a partir del 1 de julio de 1992.
Sevilla, 8 de septiembre de 1992
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
A N E X O
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.B. «Alto Almanzora¯ de Tíjola. Localidad: Tíjola
Provincia: Almería
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.B. y la Sección del I.F.P. «Torre Almirante¯ en Los Barrios.
Localidad: Los Barrios
Provincia: Cádiz
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación de la Ext. del I.B. «Fco. Pacheco¯ de Sanlúcar de Barrameda.
Localidad: Sanlúcar de Barrameda
Provincia: Cádiz
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.B. «Baelo Claudia¯ y del I.F.P. «Pomponio Mela¯ de Tarifa.
Localidad: Tarifa
Provincia: Cádiz
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.F.P. «La Janda¯ y la Ext. del I.B. «Trafalgar¯ en Vejer de la Frontera.
Localidad: Vejer de la Frontera
Provincia: Cádiz
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.B. «Colonial¯ de Fuente Palmera. Localidad: Fuente-Palmera
Provincia: Córdoba
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.B. «La Jara¯ y la Sección del I.F.P. «A. Mª. Calero¯ en Villanueva de Córdoba.
Localidad: Villanueva de Córdoba
Provincia: Córdoba
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.B. y el I.F.P. «Los Baños¯ de Alhama de Granada.
Localidad: Alhama de Granada
Provincia: Granada
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.F.P. «Al-Andalus¯ de Almuñécar. Localidad: Almuñécar
Provincia: Granada
Instituto de Enseñanza Secundaria Nº 3
Por transformación de la Ext. del I.B. «Fray Luis de Granada¯ de Granada.
Localidad: Granada
Provincia: Granada
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.F.P. «Montes Orientales¯ y la Ext. del I.B. «Iliberis¯ de Iznalloz.
Localidad: Iznalloz
Provincia: Granada
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.B. «Hiponova¯ y el I.F.P. «Aben-Hismail¯ de Montefrío.
Localidad: Montefrío
Provincia: Granada
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.B. «San Blas¯ de Aracena.
Localidad: Aracena
Provincia: Huelva
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.F.P. «Cuenca Minera¯ y la Ext. del I.B. «Vázquez Díaz¯ en Minas de Riotinto.
Localidad: Minas de Riotinto
Provincia: Huelva
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.F.P. «Saltés¯ y la Ext. del I.B. «La Rábida¯ en Punta Umbría.
Localidad: Punta Umbría
Provincia: Huelva
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.F.P. y la Ext. I.B. «San Blas¯ en Santa Olalla del Cala.
Localidad: Santa Olalla del Cala
Provincia: Huelva
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación de la Ext. I.E.S. de Cortijos Nuevos en Santiago de la Espada.
Localidad: Santiago de la Espada
Provincia: Jaén
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación de la Ext. del I.B. «Sierra Blanca¯ en Marbella. Localidad: Marbella
Provincia: Málaga
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.B. «Alta Axarquía¯ de Periana. Localidad: Periana
Provincia: Málaga
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación de la Ext. del I.B. «Salduba¯ de San Pedro de Alcántara.
Localidad: San Pedro de Alcántara
Provincia: Málaga
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación del I.B. y la Sección del I.F.P. de San José de la Rinconada en Cantillana.
Localidad: Cantillana
Provincia: Sevilla
Instituto de Enseñanza Secundaria
Por transformación de la Ext. del I.B. «Aljarafe¯ en Olivares. Localidad: Olivares
Provincia: Sevilla
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