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D. ANGEL CUSTODIO MORENO GARCIA ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE HERRARA
HAGO SABER:
Que el Pleno de esta Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 1992 acordó aprobar, con sus anexos, las siguientes: BASES GENERALES PARA CURBIR EN PROPIEDAD LAS PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO, Y LAS DE PERSONAL LABORAL, INTEGRANTES DE LA PLANTILLA MUNICIPAL, INCLUIDOS EN LA OFERA PUBLICA DE EMPLEO PARA 1992.
1.- BASES GENERALES.
Primera.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión de las plazas de personal funcionario y laboral de esta Ayuntamiento que figuran en los anexos de estas bases generales.
El sistema de provisión de estas plazas es el que figura en la relación de plazas de trabajo de este Ayuntamiento, y que específicamente se indica en cada anexo para cada una de las plazas que se convocan. De ellas, se reservan para cubrirse mediante promoción interna de funcionarios que ocupen plaza en propiedad en este Ayuntamiento el número de puestos que se indica en los anexos respectivos, tenidno los aspirantes que ingresen por este sistema preferencia para cubrir las vacantes correspondientes sobre los que accedan mediante turno libre. Las vacantes que queden sin cubrir, de las reservadas a promoción interna, podrán ser destinadas a la ampliación del número de plazas destinadas a aspirantes que accedan a turno libre.
Las plazas incluidas en esta convocatoria han sido incluidas en la oferta pública aprobada por este Ayuntamiento, y las correspondientes a los funcionarios pertenecen a las Escalas, Subescala y Clases que se indica, en cada uno de los anexos, estando dotadas de los haberes/ sueldos correspondientes al Grupo que igualmente se especifica, dos pagas extraordinarias, antigüedad y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente. Las pertenecientes al persoanl laboral son restribuidad de conformidad con la categoría profesional que se indica en cada anexo o equivalente por aplicación analógica del convenio colectivo del sector afectado.
Segunda.- El proceso selectivo y la realización de las pruebas se regirá por lo previsto en las presentes bases generales y anexos correspondientes, y en los no previsto en las mismas, será de aplicación la Ley 30/84, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, la Ley 33/88 de 28 de julio que modifica la Ley anterior; la Ley 7/85, de 2 de abril de bases de régimen local; RD Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de materias vigentes de régimen local; RD 896/91, de 17 de junio, reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios locales; y RD 2223/84 de 19 de diciembre Reglamento de acceso a la función pública.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Herrera, 16 de octubre de 1992.- El Alcalde, A. Custodio Moreno García.
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