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De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1. del Decreto
332/88, de 5 de diciembre, por el que se regula la composición y funcionamiento de los Consejos Escolares de ámbito territorial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 10 del citado Decreto,
D I S P O N G O :
Artículo único. Cesar como Consejero del Consejo Escolar de Andalucía, por el grupo de representantes del Personal de Administración y Servicios de la Administración Educativa a D. Juan López Viciano como titular.
Sevilla, 30 de septiembre de 1992
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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