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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 28 de julio de 1988, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
134/86, promovido por IMBELO, S.L., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
1º. Se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Doña Esperanza González Aragón, en nombre y representación de la entidad Imbelo, S.L., contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, de 13 de noviembre de 1985, -desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de Jaén de 28 de junio de
1985, en la que se imponía sanción de 25.000 pesetas, a dicha entidad-, y en consecuencia se anula la citada resolución por no ser conforme a Derecho.
2º. No se hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas.
Sevilla, 6 de noviembre de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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