Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 24/11/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 3 de noviembre de 1992, por la que se atribuyen competencias en materia de ayudas a los Delegados Provinciales de la Consejería.

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La Orden de esta Consejería de 18 de marzo de 1992, (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 25, de 24 de marzo), para la mejora de las estructuras agrarias, atribuye al Director General de Actuaciones Estructurales y Desarrollo Rural la resolución de la concesión de ayudas, en su artículo 7. Los principios de descentralización y desconcentración que demandan la agilidad en la actuación administrativa vienen aconsejando la atribución de competencias en el órgano periférico competente por razón de territorio.

En su virtud, y al amparo del artículo 47 de la Ley 6/1983, de

21 de julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma

HE RESUELTO

Artículo único: Las competencias de resolución de los expedientes de ayudas atribuidas en el artículo 7 de la Orden de esta Consejería de 18 de marzo de 1992 del Director General de Actuaciones Extructurales y Desarrollo Rural quedan atribuidas a los Delegados Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca, en los expedientes que correspondan a los ámbitos de su territorio.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de noviembre de 1992

LEOCADIO MARIN RODRIGUEZ

Consejero de Agricultura y Pesca

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