Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 28/11/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 20 de noviembre de 1992, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en los recursos núms. 2040, 2133 y 2160/88, promovidos por don Francisco Civantos Gómez, don José Vicente Fernández Díaz y don Miguel Palma del Moral.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia con fecha 28 de julio de 1992, en una serie de recursos administrativos, acumulados a instancia de la Junta de Andalucía, interpuestos por funcionarios Agentes de Extensión Agraria, contra la Orden de la Consejería de Gobernación de 3 de junio de 1987, por la que se confirma en sus puestos de trabajo al personal de la Consejería de Agricultura y Pesca.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«FALLAMOS:

Que estimando parcialmente los recursos contencioso-administrativos interpuests por D. Francisco Civantos Gómez, D. José Vicente Fernández Díaz y D. Miguel Palma del Moral, anulamos las confirmaciones que respecto a los mismos tiene la Orden recurrida y declaramos sus derechos a que se le abonen y continúen retribuyéndoselo con el complemento de destino correspondiente a su nivel personal consolidado 20, desde que esto dejó de hacerse por aplicación de la Orden impugnada de la Consejería de Gobernación, de 3 de junio de 1987, (BOJA 3 de julio) mientras lo mantengan con abono de las diferencias entre lo percibido por el referido concepto que ha desempeñado durante este tiempo y el que le correspondía recibir por el mencionado nivel con intereses legales de demora.

Desestimamos el resto de las peticiones deducidas por estos litigantes y los restantes recursos formulados por los antiguos Jefes de Agencias de Extensión Agraria trasladados a otro centro de trabajo en los que no estimamos se haya consolidado el nivel personal que pretenden. Sin costas. Y a su tiempo con certificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia¯.

En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

De la presente Orden se dará traslado a la Consejería de Agricultura y Pesca a los efectos procedentes.

Sevilla, 20 de noviembre de 1992

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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