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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 24 de febrero de 1992, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso nº 720/90, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallamos: «1. Desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Manuel Zafra Cobo, contra la resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de la Consejería de Gobernación, de 17 de enero de 1990, desestimatoria del recurso de reposición formulada por el recurrente contra la dictada por el mismo órgano el día 27 de septiembre de 1989, en cuya virtud se le denegaba la compatibilidad de su actividad pública como Profesor Titular Interino en la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial de Jaén con la actividad privada de ejercicio profesional libre como Ingeniero Industrial; y en consecuencia, se confirman los actos impugnados por ser ajustados a Derecho.
2. No se hace especial pronunciamiento sobre las costas. Luego que sea firma esta sentencia y con testimonio de ella, devuélvase el expediente administrativo al centro de procedencia¯.
Sevilla, 3 de diciembre de 1992.- El Director General, Juan Pedro Gómez Jiménez.
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