Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 26/12/1992

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Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 2 de noviembre de 1992, de la Delegación Provincial de Granada, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita. (PP. 1972/92).

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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública; y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones elécticas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, Reglamento de Línea Eléctrica Aérea de Alta Tensión de 28.11.68 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la Industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º. del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias.

Esta Delegación Provincial ha resuelto Autorizar Administrativamente, y Aprobar el Proyecto de Ejecución de la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario: Cía. Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: 18.009 Granada. Escudo del Carmen, 31.

LINEA ELECTRICA

Origen: RSMT que une los CCTT «Angeles y Victoria¯. Final: Centro de Transformación.

Términos municipales afectados: Loja.

Tipo: Subterránea.

Longitud en km.: 0'220.

Tensión de servicio: 20 KV.

Conductores: Al 3 (1x150) mm2 aislamiento 12/20 KV. Potencia de transportar: 1.890 KVA.

ESTACION TRANSFORMADORA

Emplazamiento: Cuesta de las Viñas.

Tipo: Interior.

Potencia: 250 KVA.

Relación de transformación: 20 KV + 5%/380-220 Voltios. Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 5.463.200 Pts.

Finalidad: Dotar de fluido eléctrico a las nuevas peticiones de suministro. Referencia: 5100/AT.

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.

El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto

2619/66, de 20 de octubre.

Granada, 2 de noviembre de 1992.- El Delegado, Pedro M. Serrano León.

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