Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 31/12/1992

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM.26 MADRID

EDICTO (PP.335/92).

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D. Angel V. Illescas Rus, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 26 de Madrid:

Doy fe y hago constar: Que en este Juzgado se tramita Suspensión de Pagos nún. 885-90, a instancia de Hipermercados Meta, S.A., con la Intervención de los Interventores y del M. Fiscal, en cuyo expediente se ha dictado: veintiséis Civil. Sección H. Asunto Suspensión de Pagos 885-90.

AUTO

En la ciudad de Madrid, a treinta de enero de mil novecientos noventa y dos.

Dada cuenta; lo precedente únase el anterior informe de los Interventores, únanse al expediente de su razón, y,

HECHOS

1: Que D. Antonio Rafael Rodríguez Muñoz, Procurador de los Tribunales y de la Sociedad Hipermercados Meta, S.A., en el expediente de Suspensión de Pagos núm. 885-90, mediante escrito presentado en fecha 20 de diciembre de 1992, solicitó se suspendiese la celebración de la Junta General de Acreedores en el presente expediente, que había sido señalada para el día

17.3.92 a las diez horas de su mañana, alegando que el número de acreedores excedía de doscientos, la mayoría de ellos residentes fuera de esta ciudad, y solicitando que en lo sucesivo se adaptara la tramitación del expediente al procedimiento escrito.

Segundo: Que conferido traslado de dicha solicitud a los Interventores, lo ha evacuado dentro del término que al efecto les fue señalado, informando en el sentido de estimar aconsejable acceder a lo solicitado por el suspenso.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

1: Que cuando el número de acreedores exceda de doscientos, y siempre que se solicite por el deudor o cualquiera de los acreedores hasta ocho días antes del señalado para la celebración de la Junta, de conformidad con las circunstancias del expediente y el informe de los Interventores, como ocurre en el presente caso y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de 26 de julio de 1992, procede acordar la suspensión de la Junta y estimar la solicitud para que se utilice el procedimiento escrito regulado en este artículo.

Vistos los artículos invocados y demás de general aplicación. S.S., por ante mí el Secretario, DIJO: Se estima la solicitud formulada por D. Antonio Rafael Rodríguez Muñoz, Procurador de los Tribunales y de la Sociedad Hipermercados Meta, S.A., formulando solicitud de suspensión de la Junta de Acreedores convocada para el día 17.3.92 a las diez horas de su mañana, sustituyéndola por la tramitación escrita, que preceptúa la Ley: Se acuerda la suspensión definitiva de la Junta General de Acreedores, que se había señalado para el día 17.3.92; y se decreta que en lo sucesivo el presente expediente, se acomode al procedimiento escrito.

Se concede al suspenso el plazo de tres meses, contados a partir del siguiente día a la notificación de esta resolución, a fin de que presente a este Juzgado la proposición de convenio y haga constar en forma fehaciente el voto de los acreedores respecto al mismo; dése publicidad a la presente resolución a cuyo fin se expedirán los oportunos edictos, que se fijarán en el Tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el BOE y de la CC.AA. de Madrid y Andalucía; atendido el pasivo y el número de acreedores.

Notifíquese y hágase saber a las partes los recursos que les asisten.

Lo mandó y firma el Ilmo. Sr. D. Angel V. Illescas Rus, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número veintiséis; Doy fe.

E/. Sr. Illescas Rus.- Rubricado¯.

Ante mí: Sra. Oca de Zayas rubricados¯. Y para que sirva digo surtan los efectos legales oportunos y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, expido el presente en Madrid, a treinta de enero de 1992.- La Secretaria.

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