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En el recurso nº 408/86 interpuesto por Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Granada, se ha dictado sentencia con fecha
21.11.88, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«Fallo: 1º. Estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora Dª Mª Jesús Candenas González, en nombre y representación del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Granada y su provincia, contra la convocatoria efectuada, en fecha 10 de septiembre de
1985, por la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, para cubrir posibles vacantes y/o sustituciones de Profesores en Centros de Formación Profesional, y contra la denegación presunta de los
recursos de reposición y de alzada interpuestos contra dicho acto.
2º. Declara la nulidad de la referida convocatoria por no ser conforme a derecho¯.
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 13 de marzo de 1992.- El Consejero. P.D. (Orden de 17.2.88). El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.
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