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Examinados los expedientes de concesión de beneficios de la Zona de Acción Especial a la Franja Pirítica de Huelva a las empresas que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, a los efectos de verificar si han cumplido las condiciones establecidas.
RESULTANDO
1º. Que los beneficios fueron otorgados por Resoluciones de esta Consejería y notificadas a las empresas estableciendo en las mismas las condiciones específicas y plazos para su cumplimiento, siendo aceptadas en debida forma por las respectivas empresas beneficiarias.
2º. Que las empresas relacionadas en el anexo de esta Resolución no acreditaron su correspondiente cumplimiento dentro de los plazos otorgados para tal fin, instruyéndose los oportunos expedientes de caducidad de los beneficios, al amparo de lo dispuesto en la Orden de 4 de junio de 1990.
CONSIDERANDO
1º. Que en la instrucción de los expedientes se han observado todas las formalizaciones legales, habiéndose concedido a las empresas afectadas los plazos preceptivos para los trámites de formulación de alegaciones y audiencia previstos en el artículo
91 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en el artículo 7 de la Orden de 4 de junio de 1990.
2º. Que de las actuaciones resulta aprobado, y así procede que se declare, que los titulares de estas ayudas no han acreditado haber cumplido todas las obligaciones contraídas mediante la aceptación de las condiciones de los beneficios, habiendo rebasado los plazos otorgados para ello.
3º. Que estas circunstancias son causa de caducidad con pérdida de beneficios, a tenor de lo dispuesto en el citado artículo
7 de la Orden de 4 de junio de 1990, y que, de conformidad con la misma, corresponde a esta Consejería resolver estos expedientes.
Vistos los Acuerdos de 23 de diciembre de 1987 y 23 de abril de 1992, del Consejo de Gobierno, por los que, respectivamente, se aprueba y prorroga la declaración de Zona de Acción Especial a la Franja Pirítica de Huelva, la Orden de 4 de junio de 1990, por la que se determinan las normas de procedimiento para la tramitación de las solicitudes de ayudas a las empresas instaladas en las Zonas de Acción Especial; el Decreto del Presidente 223/1990, de 27 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto
411/1990, de 11 de diciembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda; y demás disposiciones de general aplicación.
Esta Consejería, en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas,
RESUELVE:
1º. Declarar la caducidad de los beneficios concedidos al amparo de la declaración de Zona de Acción Especial a la Franja Pirítica de Huelva, otorgados a las empresas relacionadas en el anexo de esta Resolución, por incumplimiento de las condiciones fijadas para su disfrute.
2º. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta Resolución.
Notifíquese esta Resolución a los interesados en la forma prevista en el art. 79 de la Ley de Procecimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante este mismo Organo, en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 126.1 de la ley de Procedimeinto Administrativo, de 17 de julio de 1958, modificada por Ley 164/1963, de
2 de diciembre, y 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, modificada por Ley
10/1973, de 17 de marzo.
Sevilla, 9 de abril de 1992
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
ANEXO
Nº EXPTE.: 1-H
TITULAR: SIERRAGRANA, SA.
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 4-H
TITULAR: MIGUEL LOPEZ PEREZ
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 8-H
TITULAR: EDUARDO HERRERA LORENZANA
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 13-H
TITULAR: ELEBOB, SL.
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 16-H
TITULAR: MUEBLES MANOLITA
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 17-H
TITULAR: JOSE MORA GONZALEZ
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 18-H
TITULAR: PRICABEL,SA.
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE: 21-H
TITULAR: JOSE SANTOS HERMOSO
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 24-H
TITULAR: AGUSTIN GONZALEZ PEREZ Y JUAN ANTONIO MONTERDE GOMEZ CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 25-H
TITULAR: PEDRO ALONSO BARBOSA
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 27-H
TITULAR: TALLERES CAPILLA
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 29-H
TITULAR: TALLERES ANDEVALO, SA.
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 30-H
TITULAR: TALLERES HERREZUELO, SL.
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 32-H
TITULAR: VILLAFLOR, SCA.
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 34-H
TITULAR: ALOSNERA DE CONSTRUCCIONES, SA.
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 35-H
TITULAR: ZARZAFLOR, SCA.
CAUSA DE INCUMPLIMIENTO: Total inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
Nº EXPTE.: 42-H
TITULAR: INDUSTRIA CASTAÑO DEL ROBLEDO, SA.
CAUSA DE INCOMPLIMIENTO: Total de inversión y empleo.
SUBVENCION PERCIBIDA:
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