Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 18/4/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 30 de marzo de 1992, por la que se prorrogan becas de formación de personal investigador en colaboración con la empresa Construcciones Aeronáuticas, SA, Factoría de Cádiz.

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Concluyendo el primer período de disfrute de la beca de Formación de Personal Investigador en Colaboración con la Empresa Construcciones Aeronáuticas, S.A. (Factoría de Cádiz), dentro del Plan Andaluz de Investigación correspondiente a la Convocatoria de 1990, Orden de 26 de diciembre de 1990 (BOJA núm. 2 de

11 de enero), esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Prorrogar el disfrute de la ceca de Formación de Personal Investigador en Colaboración con la Empresa Construcciones Aeronáuticas, S.A. (Factoría de Cádiz) de la citada convocatoria a los beneficiarios de las mismas, que figuran en el Anexo adjunto, hasta el 1 de bril de 1993.

Segundo. La dotación de la beca con una duración de doce meses, cubrirá los siguientes aspectos:

1. Una asignación mensual de 95.000 pesetas.

2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos del beneficario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizadas expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

Tercero. Los beneficiarios están obligados a:

a) Desarrollar el Plan de Trabajo presentado, de conformidad con las indicaciones del Director del Proyecto.

b) Enviar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria anual sobre el desarrollo de la Investigación, en la que deberá constar la conformidad del Director del Proyecto.

c) Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar a la Dirección General de Universidades e Invetigación una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del Proyecto. La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Sevilla, 30 de marzo de 1992

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

A N E X O

Apellidos y Nombre: De Cos Hohr, María

D.N.I.: 31.255.225

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