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Visto el expediente tramitado por la Dirección General de Administración Local y Justicia, de acuerdo con la petición formulada por el Ayuntamiento de Tíjola, de la provincia de Almería, al amparo del Decreto 117/89, de 31 de mayo, solicitando una subvención para asfaltar varias calles deterioradas por lluvias. Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere el Decreto
117/89, de 31 de mayo, que regula la concesión de estas subvenciones, así como las facultades que se me otorgan por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificada por la Ley
9/1987, de 9 de diciembre, y Ley 3/1991, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para
1992.
D I S P O N G O:
Primero: Conceder una subvención de doce millones de pesetas al Ilmo. Ayuntamiento de Tíjola, de la provincia de Almería, con el fin de asfaltar varias calles deterioradas por lluvias.
Segundo: Se declara esta subvención específica por razón de su objeto y se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria
2.12.01.766.00.81A.3.
Tercero: La subvención concedida será fiscalizada a posteriori y justificada ante esta Consejería de Gobernación, según lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, y el artículo 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía.
Cuarto: De esta Orden se dará conocimiento al Ilmo. Ayuntamiento de Tíjola y se publicará en el BOJA a los efectos consiguientes.
Sevilla, 18 de mayo de 1992
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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