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El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Linares (Jaén).
Hace Saber: Que, aprobadas inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 9 de enero del presente año, las Modificaciones Puntuales del vigente Plan General de Ordenación Urbana que se expresan a continuación, se exponen al público en la Sección de Urbanismo y Patrimonio del Ayuntamiento, con el expediente instruido al efecto, por plazo de un mes, durante el cual podrá ser examinado por cuantas personas se consideren afectadas, y formular cuantas alegaciones u observaciones estimen pertinentes:
a) Clasificar como «suelo urbanizable no programado industrial¯ unos terrenos de 207 has. de superficie, situados al noroeste del casco urbano, a una distancia de 2 kms. de aquél, y que se extienden, de sur a norte, desde la carretera de Bailén (antigua travesía de la CN-322) a la carretera de Baños de la Encina.
b) Clasificar como «suelo urbanizable no progamado industrial¯ unos terrenos de 5,50 Has de superficie, situados al sur del casco urbano de la Estación Linares-Baeza, y comprendidos entre la carretera de acceso a la industria de «Azucarera Reunidas¯ y las vías del ferrocarril de Córdoba-Almería.
c) Delimitar como «Plan Especial de Reforma Interior¯ en suelo urbano unos terrenos de 24.244 m/2 de superficie, situados al sur de la Estación Linares-Baeza, junto a la antigua carretera de Ubeda, y a lo largo de la ribera del Río Guadalimar. Al propio tiempo, se hace pública la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación de terreros, edificación y demolición, en las indicadas áreas del territorio objeto del planeamiento, cuyas nuevas determinaciones suponen modificación del régimen urbanístico vigente.
Linares, 21 de enero de 1992.- El Alcalde, Manuel Rodríguez Méndez.
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