Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 4/6/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 28 de mayo de 1992, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por la que se acuerda la declaración de actuación singular la operación de adjudicación de seis viviendas que se construyen en el municipio de Zurgena (Almería). (AL-91/010-V).

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El Artículo 6º del Decreto 413/90, de 26 de diciembre, sobre adjudicación de viviendas de Promoción Pública, establece la posibilidad de acordar la realización de Actuaciones Singulares destinadas a solucionar necesidades derivadas de operaciones de remodelación, relocalización y similares o aquellas otras que se consideren de interés social singular por el contenido del procedimiento o los objetivos perseguidos y que afecten a colectivos de poblaciones concretos, con la obligación de incorporar en la resolución las normas de adjudicación específicas ajustadas a las circunstancias de la operación concreta.

La Comisión Provincial de Vivienda de Almería, en su sesión celebrada el día 28 de enero de 1992, acordó llevar a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda propuesta de declarar actuación singular la adjudicación de 6 viviendas, que se construyen en el municipio de Zurgena (Almería), construidas al amparo del expediente AL-91/010-V.

Con la actuación singular propuesta el objetivo que se pretende conseguir lo constituye el realojamiento de las familias que siendo adjudicatarias de viviendas de Promoción Pública por motivos técnicos fueron demolidas.

En su virtud, teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo

6º del Decreto 413/90, de 26 de diciembre, y a propuesta de la Comisión Provincial de Vivienda de Almería, esta Dirección General ha tenido a bien resolver lo siguiente:

Primero: Se declara como Actuación Singular la operación de adjudicación del grupo de 6 viviendas que se construyen en el municipio de Zurgena (Almería), al amparo del expediente AL-91/010-V.

Segundo: Las viviendas serán adjudicadas de acuerdo con las normas específicas que figuran com anexo a esta resolución.

Tercero: La presente disposición entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de mayo de 1992.- El Director General, José María Verdú Valencia.

NORMAS ESPECIFICAS DE ADJUDICACION EN REGIMEN DE PROPIEDAD DEL GRUPO DE 6 VIVIENDAS QUE SE CONSTRUYEN EN EL MUNICIPIO DE ZURGENA (ALMERIA), AL AMPARO DEL EXPEDIENTE AL-91/010-V.

Primera: Serán adjudicatarias del grupo de 6 de viviendas que se construyen en el municipio de Zurgena (Almería) las familias afectadas por la demolición realizada en su día en dicho municipio.

Segunda: Caso de quedar viviendas vacantes, se estará a lo dispuesto en el Decreto 413/1990 de 26 de diciembre.

Tercera: 1) El régimen de adjudicación de las viviendas será el de propiedad, en virtud de autorización del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes.

2) Los adjudicatarios deberán reunir, en todo caso, las condiciones generales establecidas en el Decreto 413/90, de 26 de diciembre.

Cuarta: Corresponde a la Comisión Provincial de Vivienda de Almería, la adjudicación directas de las 6 viviendas en el municipio de Zurgena (Almería).

Quinta: La aprobación de la adjudicación directa por la Comisión Provincial de Vivienda, conferirá a la misma el carácter de definitiva, siguiéndose a partir de entonces el procedimiento regulado en los Artículos 14 y siguientes del Decreto 413/90, de 26 de diciembre.

Sexta: Las Resoluciones de la Comisión Provincial de la Vivienda serán recurribles en alzada ante la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

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