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Expediente: 2-MA-150. Acondicionamiento Riogordo-Casabermeja. Término Municipal de Colmenar. Provincia de Málaga.
Declarada de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo d) del artículo 20 de la Ley 194/1964 de 28 de diciembre, la urgencia a efectos de expropiación forzosa con motivo de las obras arriba reseñadas, y fijada definitivamente la relación de propietarios y fincas afectadas por las mencionadas obras, he resuelto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento Ejecutivo de 26 de abril de 1957, señalar los días y horas que al final se relacionan para cada finca, al objeto de proceder al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, que preceptúa el citado artículo 52 de la Ley expropiatoria, acto que se celebrará en el Ayuntamiento de Colmenar y en caso necesario en los propios terrenos, al cual deberán concurrrir los propietarios o titulares de derecho sobre los mismos bienes, por sí o por medio de representante, los cuales, en todo caso, deberán ir provistos del correspondiente poder notarial suficiente para este acto, pudiendo además los propiestarios o aludidos representantes personarse acompañados de Peritos, los cuales deberán reunir las condiciones exigidas en el artículo 31 del citado Reglamento y de un Notario si lo estimase conveniente, advieriéndose a los propietarios interesados que la incomparecencia al acto no producirá en ningún caso la suspensión del mismo.
Asimismo, se advierte a los mismos interesados que en el acto para el cual se cita deberán presentar la escritura de propiedad de la finca o de contribución del derecho que sobre la misma ostente, así como el último recibo de la contribución.
La relación de fincas es la siguiente:
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Málaga, 8 de junio de 1992.- El Delegado, Vicente Seguí Pérez.
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