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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto
2619/66, Ley 10/66, Reglamento de líneas eléctricas aéreas de Alta Tensión de 28.11.68, de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente, y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Cía. Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: 18009-Granada, Escudo del Carmen, 31
LINEA ELECTRICA
Origen: C.T. República Argentina
Final: C.T. Centro de Salud
Términos municipales afectados: Maracena
Tipo: Subterránea
Longitud en Km.: 0,479
Tensión de servicio: 20 KV
Conductores: Al de 3 (1x150) mm2 aislamiento 12/20 KV Potencia de transportar: 630 KVA
ESTACION TRANSFORMADORA
Emplazamiento: Centro de Salud de Maracena Tipo: Interior
Procedencia de los materiales: Nacionales Presupuesto: 6.236.700 Pts.
Finalidad: Suministro de energía eléctrica a Centro de Transformación del Centro de Salud de Maracena.
Referencia: 4919/AT
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.
El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto
2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 7 de mayo de 1992.- El Delegado, Pedro M. Serrano León.
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