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En cumplimiento del artículo 60 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se hace público que, por providencia de esta fecha, esta Sala ha admitido a trámite el Recurso Contencioso Administrativo, interpuesto a nombre de Confederación Sindical de la Comisión Obrera de Andalucía representado por El Letrado Don Francisco Trujillo Villanueva siendo parte demandada Consejería de Educación y Ciencia y Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía.
ACTOS QUE SE RECURREN
Contra la orden conjunta de 28.10.91 de los Excmos. Sres. Consejeros de Educación y Ciencia y de Trabajo que fijan los servicios mínimos para la huelga de los días 5 y 12 de noviembre de
1991 del personal de cocina de los comedores escolares de la CEJA, publicada en el BOJA de 31.10.91 y frente a la tácita denegación de los recursos de reposición interpuestos el 29.11.91 frente a tal orden.
Recurso núm. 811 de 1992.
Se advierte que la inserción del presente anuncio sirve de emplazamiento a las personas a cuyo favor se deriven derechos del propio acto administrativo y a aquéllas que tuvieren interés directo en su mantenimiento para que, si lo desean, se personen hasta el momento en que hayan de ser emplazadas para contestar a la demanda, con arreglo, al artículo 68 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Málaga, 22 de mayo de 1992.- El Presidente.- El Secretario.
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