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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 47 y 81 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; arts. 8 y 100 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de 1986.
En su virtud y al amparo de las competencias atribuidas a esta Delegación de Gobernación en el art. 3º, 13 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero, de desconcentración de funciones en las Delegaciones de la Consejería de Gobernación, he tenido a bien resolver lo siguiente:
1. Aprobar el cambio de calificación jurídica de un bien de naturaleza comunal en bien patrimonial o de propios del Ayuntamiento de Martín de la Jara, según el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 4 de abril de 1988, y publicado en el BOP núm. 110, de fecha 13 de mayo de 1988, página núm. 2.211, y cuya descripción es la siguiente:
Parcela nº 1, al polígono 13, sita en «Los Almendralillos¯, con una superficie de hectáreas, noventa y seis áreas y setenta centiáreas.
Linda por el Norte con carretera de Martín de la Jara a Sierra de Yegüas; al Este con D. Luis Salinero García; al Sur con D. Luis Salinero García, D. Juan Hermoso Gil, D. Sebastián Linero Núñez, D. José María Aguilar, D. Fernando Morilo Lozano y Dª Manuela Pavón Morillo, D. Vicente Roldán Díaz y D. Francisco Carrasco Palomas, y al Oeste con D. Sebastián Linero Núñez y D. Manuel Carmona Alés.
Inscritos en el Registro de la propiedad de Osuna, tomo 747, libro 41, folio 35, finca nº 3.137 de 1ª inscripción. Dichos terrenos se encuentran incluidos dentro de la Delimitación de Suelo Urbano que figura dentro de las Normas Subsidiarias del Planeamiento de este Municipio.
2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de agosto de 1992.- El Delegado en funciones, (P.D. 1/86), Rafael Cabrerizo Pascual.
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