Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 15/9/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 4 de septiembre de 1992, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Punta Umbría (Huelva). (PD. 1383/92).

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a la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Huelva, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

D I S P O N G O :

Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Mancomunidad de Aguas Costa de Huelva-Punta Umbría (Huelva)

.........................................................TARIFAS AUTORIZADAS CONCEPTO ................................................ IVA INCLUIDO

A) Consumo doméstico:

Cuota fija ....................................... 212 ptas/vivienda/mes Para calibres de 13 mm. en adelante, el calibre del contador en mm. dividido entre 13 y elevado al cuadrado y multiplicado por

212 ptas.

Para contadores menores de 13 mm. ............... 212 ptas/vivienda y mes. Suministro sin contador ................................ 571,13 ptas/mes. Cuota variable

Hasta 12 m3 mes ....................................... 43,46 ptas m3 Más de 12 m3 hasta 20 m3 mes ........................... 57,24 ptas/m3 Más de 20 m3 en adelante mes ............................ 75,26/m3

B) Usos comerciales, industriales y organismos oficiales Cuota fija ......................................... 397,50 ptas/local/mes En caso de hoteles 397,50 ptas/habitación/mes Para calibres de 13 mm. en adelante el calibre del contador en mm. dividido entre 13 elevado al cuadrado y multiplicado por

397,50 ptas.

Para contadores menores de 13 mm. 397,50 ptas. por local o habitación/mes. Cuota variable

Bloque único 68,90 ptas/m3

C) Otros usos

Riegos y usos municipales .............................. 10,60 ptas/m3 Suministros en alta ........................................ 26,50 ptas/m3

D) Acometidas (no podrán aplicarse hasta que entre en vigor el Reglamento).

Término A ........................................ 1.150 ptas/mm. diámetro Término B........................................ 28.750 ptas /litro/segundo

Las tarifas aprobadas por la presente Orden habrán de adecuarse a lo dispuesto en el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua, aprobado por el Decreto 120/1991, de 11 de junio, una vez que el mismo entre en vigor.

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de septiembre de 1992

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda

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