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El art. 8 b) del Decreto 400/90 de 27 de noviembre, establece la medida de Formación Profesional Ocupacional como una de las medidas a llevar a cabo en el marco del Programa de Solidaridad de los andaluces para la erradicación de la marginación en Andalucía. En base al citado Decreto y a la Orden de 14 de diciembre de 1990 por la que se convocaba a otras entidades a colaborar en la ejecución del Programa antes citado, se han concedido las siguientes subvenciones:
ENTIDAD .............................................................PESETAS
Fondo de Formación ...............................................13.045.296 Obra Social Cultural Federico Sopeña
(0.S.C.U.S) ......................................................6.033.000
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 18 de la Ley 3/91 de 28 de diciembre de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992.
Córdoba, 3 de septiembre de 1992.- El Delegado, Jacinto Mena Hombrado.
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