Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 21/9/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 2 de agosto de 1993, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se presta conformidad a la enajenación de dos parcelas de terreno propiedad del Ayuntamiento de Estepona (Málaga) con destino a construcción de viviendas de protección oficial en régimen especial.

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Visto el expediente de enajenación mediante pública subasta de dos parcelas de terreno en Cancelada, en la urbanización Finca Romero propiedad del Ayuntamiento de Estepona, según acuerdo plenario tomado en la sesión celebrada el día 15 de abril de 1993, en el mismo se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; art. 109, 112.1, 113, 114, 118 y 119 del Real Decreto 1372/86, de 13 de junio; Ley 7/1985 de 2 de abril y demás preceptos de general aplicación.

El Decreto 29/1986, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación en su art. 3.9 confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporacionales Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación.

En su virtud he resuelto:

1º. Prestar conformidad a la enajenación, mediante pública subasta, de dos parcelas de terreno de los bienes de propios del Ayuntamiento de Estepona, dando así cumplimiento a lo acordado por el pleno del mismo en su sesión del día 15 de abril de

1993 y cuya descripción exacta es la siguiente: a) Parcela de Terrenos en Cancelada, en la Urbanización Finca Romero, con una extensión superficial de 1.265 m2; que linda al norte y al este con terrenos de la Finca matriz destinados a zona verde pública; al sur con terrenos de la finca matriz destinados a la futura calle; al Oeste con Camino de los Morenos. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Estepona al Tomo 750, libro 536, Folio 93, Finca 39.384, Inscripción 1ª. b) Parcela de Terreno en Cancelada, en la Urb. Finca Romero; con una extensión superficial de 1.876 m2 que linda al Norte con Terrenos de la finca matriz destinados a futura calle; al sur y al este, con terrenos de la finca matriz destinados a zona verde pública; al oeste, con camino de los Morenos. Inscrita en el Registro de la propiedad de Estepona al Tomo 750, libro

536,1 Folio 95, Finca 39.386, Inscripción 1ª. La valoración pericial de ambas parcelas asciende a la cantidad de once millones quinientas sesenta mil treinta y dos pesetas.

2º. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Estepona.

3º. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Málaga, 2 de agosto de 1993.- El Delegado, José Manuel López Sánchez.

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