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El Excmo. Ayuntamiento-Pleno, en sesión celebrada el día 25 de junio de 1993, acordó aprobadar con carácter inicial el expediente «Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector 18 (Santa Ana) del SUP del vigente PGOU¯, tramitado a instancias de Sdad. Coop. And. El Pinar, y que tiene como objeto dotar de seguridad jurídica a la norma relativa a ocupación de la tipología colectiva, sin que suponga alteración de edificabilidad.
Lo que, se conformidad con el Art. 116 del TRLS, se somete a información pública por plazo de un mes, a fin de que por todos los interesados en el mismo, examinen el expediente en la sede de esta GMU, Departamento de Planeamiento, Gestión y Urbanización, sita en Plaza del Arenal-Edificio Los Arcos, y presenten las alegaciones que estimen pertinentes.
El mencionado acuerdo adquirirá el carácter de aprobación provisional para el supuesto de no presentación de alegación alguna durante el citado plazo.
Jerez, 31 de agosto de 1993.- El Tte. Alcalde-Delegado de Política Territorial y Medio Ambiente, Manuel A. González Fustegueras.
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