Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 30/9/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 10 de septiembre de 1993, por la que se concede subvención específica por razón del objeto a la Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos de Centros de Enseñanza Pública Juan Ramón Jiménez de Huelva para el desarrollo de sus actividades durante 1993.

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La Consejería de Educación y Ciencia considera imprescindible la participación de los padres y las madres en la vida de los Centros así como la dinamización de sus actividades a través de los cauces establecidos, entre otros mediante las que desarrollan las Federaciones de Asociaciones de Padres de Alumnos de ámbito provincial.

Las Federaciones Provinciales de Asociaciones de Padres de Alumnos, respondiendo tanto a la LODE como al Decreto 27/1988, de 10 de febrero, participan del sistema educativo colaborando con la Administración en actividades diversas y organizando actividades internas de formación asesoramiento, coordinación y participación, entre otras. La Federación de Asociaciones de Padres de Almunos de Centros de Enseñanza Pública «Juan Ramón Jiménez¯ de Huelva, en este sentido, tiene previsto un plan de actividades para el año

1993 para su desarrollo con las Asociaciones de Padres de Alumnos.

Dada la importancia e interés social que esta Consejería atribuye a dichas actividades, habida cuenta que existe crédito presupuestario para conceder la ayuda, y de conformidad con el artículo 18.3 de la Ley 4/92 del Presupuesto para la Comunidad Autónoma para 1993, esta Consejería de Educación y Ciencia,

HA DISPUESTO

Artículo Primero. Conceder subvención específica por razón del objeto a la Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos de Centros de Enseñanza Pública «Juan Ramón Jiménez¯ de Huelva, para el desarrollo de sus actividades durante 1993, con cargo a la aplicación presupuestaria< Línea mal justificada >

01.18.00.01.00480.00.12J.0 y por importe de 1.900.000 de pesetas.

Artículo Segundo. La entidad deberán justificar en el plazo de tres meses desde la fecha de pago, la correcta inversión de la ayuda recibida mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Certificado de los gestores de la entidad en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinado en su integridad a las actividades por las que se les concede la ayuda. b) Certificado acreditativo de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad. c) Memoria descriptiva de las actividades realizadas, en la que se indique, para cada una de las actividades, el grado de cumplimiento de los objetivos programados y el número de personas que han participado en las mismas.

d) Carpeta-índice que incluye relación para cada una de las actividades especificadas en la Memoria, de los gastos así como todos los originales de facturas y de cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente admitido, sea imputable a la ayuda concedida.

Sevilla, 10 de septiembre de 1993.- El Consejero P.D. (Orden 17.2.88) El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.

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