Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 9/10/1993

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 DE GRANADA

EDICTO. (PP. 2723/93).

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HACE SABER:

Ante este Juzgado se siguen autos de procedimiento núm.

1383 de 1991, a instancia de Banco Hipotecario de España S.A. contra D. José Morillas Hervás y Dª Carmen Ruiz Velasco acordándose sacar a pública subasta los bienes que se describen, la que tendrá lugar en la Sala de Audiencias de este Juzgado:

Primera subasta: el día veintinueve de abril de mil novecientos noventa y cuatro y hora de las diez de la mañana, y por el tipo de tasación.

Segunda subasta: el día ocho de junio de mil novecientos noventa y cuatro y hora de las diez de la mañana, y con rebaja del veinticinco por cien del tipo de tasación. Tercera subasta: el día ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro y hora de las diez de la mañana, sin sujeción a tipo.

CONDICIONES

1ª. Para tomar parte en la subasta deberá consignarse en la mesa del Juzgado o establecimiento al efecto, el veinte por cien del tipo de licitación para la primera y segunda de las subastas; y para la tercera, del tipo que sirvió para la segunda.

2ª. No se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del tipo de licitación, las que podrán efectuarse en sobre cerrado depositados en Secretarías antes del remate y previa consignación correspondiente.

3ª. El remate podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero, dentro de los ocho días siguientes, consignándose previa o simultáneamente el precio del remate.

4ª. Los autos y certificación del Registro de la Propiedad, están de manifiesto en Secretaría donde podrán ser examinados; entendiéndose qe todo licitador la acepta como bastante la titulación, y que las cargas y gravámenes, anteriores o preferentes al crédito del actor, quedarán subsistente y sin destinarse a su extinción el precio del remate.

5ª. Que a instancia del actor, podrá reservarse el depósito de aquellas posturas, que cubran el tipo de licitación, para el supuesto de que el adjudicatario no cumpla sus obligaciones.

6ª. Sirviendo el presente, para en su caso, de notificación al deudor, por si lo estima conveniente, libere, antes del remate, sus bienes, pagando principal y costas.

BIENES A SUBASTAR

Vivienda unifamiliar con local o anejo agrícola en término de Darro (Granada), por encima del Camino de Diezma, sin número de demarcación. Ocupa la edificación una superficie de suelo de noventa metros cuadrados, destinándose el resto hasta la total superficie del solar, que es de sesenta metros cuadrados a patio o ensanches a su espalda. La vivienda se ubica parte en la planta baja con media escalera, vestíbulo y armario, y la totalidad de la alta con salón-estar, baño, cocina, lavadero, tres dormitorios, armarios, pasillo y media escalera; el resto de la planta baja lo constituye un local para anejo agrícola. Tiene la vivienda propiamente dicha una superficie total útil de ochenta y ocho metros y noventa y nueve decímetros cuadrados. Finca registral nº 5.099. Ha sido valorada en cinco millones novecientas cuarenta mil pesetas.

Dado en Granada, a veintitrés de junio de mil novecientos noventa y tres, El Secretario,

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