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El Jefe del Servicio de Economía y Comercio, cursó escrito, con fecha 6 de mayo de 1993, a AGRUIZ, S.L., del siguiente contenido:
«En relación con la subvención que tiene concedida por importe de 50.000 Pts., según Resolución de fecha 15 de diciembre de 1986, al amparo de lo establecido en la Orden de la Consejería de Fomento y Turismo, de fecha 10 de febrero y 3 de abril del mismo año, se le comunida que:
Por escrito de fecha 15 de enero de 1987 y nº registro 111, se le concedía un plazo de diez días para aportar documentación. Dado que ha transcurrido ampliamente dicho plazo, se le advierte que transcurrido tres meses desde la recepción del presente escrito, y en virtud de lo establecido en el art. 99.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se procederá a dictar Resolución de caducidad del expediente, con archivo de las actuaciones. El Jefe de Servicio de Economía y Comercio. Fdo.- Francisco Viguera Lara-Barahona.¯
Y ello para que sirva de notificación a AGRUIZ, S.L., al no haberse podido llevar a cabo en el domicilio constante en el expediente, en Polígono Industrial El Pino, Parc. 3 - H, nave 1, Sevilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a los efectos de que, transcurridos tres meses a contar de la publicación última del Anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, se procederá a la caducidad del expediente, con archivo de las actuaciones.
Sevilla, 22 de septiembre de 1993.- La Directora General, Montserrat Badía Belmonte.
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