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La cantidad y variedad de las Academias de nuestra Comunidad Autónoma, los innegables méritos y el prestigio de las Académicos, su enorme tradición en los distintos campos de la cultura, la independencia de su posición y gestión y la renovada vitalidad de sus actividades, hacen necesario por parte de esta Consejería que se coadyuge el mantenimiento de las mismas, así como del Instituto de Academias de Andalucía, en la medida de las disponibilidades presupuestarias.
En su virtud, la Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:
Artículo Unico.- Conceder subvenciones específicas por razón del objeto a las Academias que a continuación se relacional, así como al Insituto de Academias de Andalucía.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Sevilla, 23 de septiembre de 1993
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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