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Acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Urbanismo de Granada en sesión celebrada el día 1 de abril de 1993. Huétor Vega. Plan Parcial Huerta Cercada, promovido por la Comunidad de Propietarios Huerta Cercada. Refª: 2.885. Examinado el expediente del Plan Parcial Huerta Cercada aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento de Huétor Vega en fecha 28 de diciembre de 1992 y elevado a la Comisión Provincial de Urbanismo a los efectos previstos en el artº 116 del Real Decreto Legislativo 1/1992 de 26 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenación Urbana.
Atendiendo a lo dispuesto en el citado Texto Legal Reglamento de Planeamiento Decreto 194/1983 de 21 de septiembre por el que se regula el ejercicio por los Organos Urbanísticos de la Junta de Andalucía en materia de Urbanismo. Vistos los informes de la Ponencia Técnica y Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes y en virtud de las facultades atribuidas a tenor de lo dispuesto en los artículos 118 b) del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio la Comisión Provincial de Urbanismo
HA RESUELTO
Primero. Aprobar definitivamente el mismo, no procediéndose a publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) en tanto no se cumplimenten los extremos recogidos en el apartado Segundo de esta Resolución.
Segundo. a) En la pág. 13 en el apartado 2.2 se dice que la normativa específica de aplicación en el sector es igual a Centro Histórico, debiendo decir: Normativa Especifica de Uso Público, es igual a la de Centro Histórico, se corregirá dicho extremo. b) La parcela referida a Equipamiento Comercial srá de dimensiones tales que al aplicar la edificabilidad neta de 0,64 puedan construirse 198 m2 (99 viv x 2 m2/viv= 198). c) El Plan Parcial deberá recoger todo lo que determine el preceptivo informe de Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con referencia al Canal de Loayzza debiendo al mismo tiempo grafiarse en planos la línea de edificación supeditada a las servidumbres que dicho informe establece. d) Se indicará el Sistema de Recogida de Basuras y su gestión. e) Se observan contradicciones entre la documentación gráficas y la escrita en algunas superficies, deberá corregirse.
Tercero. Esta Resolución se notificará al Ayuntamiento de Huétor Vega e interesados¯.
Una vez aportada la documentación que subsana las deficiencias expuestas en el acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de fecha 1 de abril de 1993, procede la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de la aprobación definitiva del Plan Parcial Huerta Cercada en Huétor Vega (Granada).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 57-2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956. La interposición del Recurso se comunicará previamente a la Comisión Provincial de Urbanismo según lo establecido en el artº 110.3 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común.
Granada, 30 de septiembre de 1993.- El Secretario, Olvido Pérez Vera. Vº.Bº. El Vicepresidente, Pedro Julián Lara Escribano.
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