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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
12 de diciembre de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 2302/91, promovido por Acerinox, S.A., sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O:
Estimamos la demanda interpuesta por Acerinox, S.A. en relación con la resolución dictada el 12 de febrero de 1991 por el Director General de Tabajo y Seguridad Social, en el recurso de alzada interpuesto contra resolución de la Delegación Provincial de Trabajo de Cádiz, de fecha 23 de agosto de 1990, dictada en expte. 151/86, sobre infracción, por la que se imponía sanción de 500.000 pts., la cual anulamos por su disconformidad a derecho, por lo que dejamos sin efecto la sanción impuesta, sin imposición de costas.
Sevilla, 11 de octubre de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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