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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
8 de marzo de 1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1484/91, promovido por Banco de Andalucía, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O :
Estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Banco de Andalucía, S.A., contra la resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, de 2.10.89, que en alzada confirmó la dictada por la Delegación Provincial de Almería de 20 de julio de 1989, por la que se imponía una sanción de 55.000 ptas., declarando nula por no conforme a derecho la resolución recurrida y sanción impuesta; sin expresa condena en costas.
Sevilla, 2 de noviembre de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
BOJA nº 125 de 18/11/1993