Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 23/11/1993

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Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 21 de octubre de 1993, de la Delegación Provincial de Córdoba, sobre autorización del establecimiento de una línea eléctrica (AT. 229/92). (PP. 3352/93).

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Resolución de la Delegación Provincial de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía en Córdoba, autorizando el establecimiento de la línea eléctrica, un centro de transformación y red de baja tensión que se citan y declaración, en concreto, de su utilidad pública.

Visto el expediente incoado en el Departamento de Energía de esta Delegación Provincial de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía en Córdoba, a petición de Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., con domicilio en Córdoba, calle García Lovera, 1, solicitando autorización y declaración, en concreto, de su utilidad pública para el establecimiento de una línea eléctrica y un centro de transformación y red de baja tensión y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre Autorización de Instalaciones Eléctricas y el Capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto

2619/1966, sobre Expropiación Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas, y de acuerdo con lo expuesto en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre Ordenación y Defensa de la Industria.

Esta Delegación Provincial de Economía y Hacienda, a propuesta de su Departamento de Energía, ha resuelto:

Autorizar a Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., la instalación de una línea eléctrica, un centro de transformación y red de baja tensión, cuyas características principales son las siguientes:

Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., con domicilio en Córdoba, calle García Lovera, 1. Término municipal afectado: Moriles (Córdoba). Emplazamiento: Urbanización San Jerónimo. Características principales: Línea eléctrica de alta tensión a

25 kilovoltios subterránea de 626 metros de longitud, centro de transformación de 630 Kva. y red de baja tensión. Finalidad de la instalación: Mejorar el servicio en la zona centro de la población.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre Expropiación Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas y a su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio, mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Director General de Industria, Energía y Minas de esta Consejería en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Córdoba, 21 de octubre de 1993.- El Delegado, Antonio Raya Rodríguez.