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Expediente: Declaración Zona Arqueológica, como Bien de Interés Cultural, a favor del yacimiento denominado "Cueva de la Pileta" en Benaoján (Málaga).
Encontrándose en tramitación el expediente de declaración Zona Arqueológica como Bien de Interés Cultural a favor del yacimiento denominado "Cueva de la Pileta" en Benaoján (Málaga), cuya delimitación literal y gráfica se adjunta se ha acordado en consideración al estado en que se encuentran las actuaciones y conforme a lo dispuesto en el artículo 86 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 13.2 del Real Decreto
111/1986, de 10 de Enero, abrir un periodo de información pública para que en el término de veinte días hábiles, puedan cuantos tengan interés en el mismo, alegar lo que estimen conveniente en orden a la declaración que se pretende, a cuyo fin, el expediente en cuestión estará de manifiesto en la Dirección General de Bienes Culturales, Departamento de Régimen General del Patrimonio Histórico, C/ Levíes, n. 27,
2. planta Consejería de Cultura y Medio Ambiente, de once a trece horas.
DELIMITACION LITERAL [VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Sevilla, 12 de noviembre de 1993.- El Director General, Lorenzo Pérez del Campo.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]