Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 28/12/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo

RESOLUCION de 13 de diciembre de 1993, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Acuerdo de 20 de octubre de 1993, de la Comisión del IV Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito interprovincial del personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía en relación con la ratificación del artículo 54, punto 12, del vigente Convenio Colectivo. (7100082).

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Visto el texto del Acuerdo de 20 de octubre de 1993 de la Comisión del IV Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito interprovincial para el Personal Laboral al Servicio de la Junta de Andalucía (Código de Convenio 7100082), presentado en este Centro Directivo el 30 de noviembre de 1993, por el que se ratifica el artículo 54 punto 12 del vigente Convenio Colectivo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 de la Ley

8/1980 de 10 de marzo del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, desarrollado por la Orden de

24 de febrero de 1992 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias en materia de trabajo y artículo 8.6 del IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Junta de Andalucía, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social,

RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del referido Acuerdo en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de ámbito interprovincial con notificación a la Comisión del IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la Junta de Andalucía.

Segundo: Remitir un ejemplar del mismo al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales para su depósito.

Tercero: Disponer la publicación del texto de dicho Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de diciembre de 1993.- El Director General, José Antonio Pérez de Rueda.

COMISION DEL CONVENIO

SECRETARIA

Isabel López Arnesto, Secretaria de la Comisión del IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la Junta de Andalucía:

C E R T I F I C O:

Que en la reunión de la citada Comisión, celebrada el día

20 de octubre de 1993, y en el punto 4º de su Orden del Día, se adoptó con los votos favorables de la Administración, y las Centrales Sindicales U.G.T. y CC.OO., el siguiente Acuerdo por el que se ratifica el artículo 54, punto 12, del Convenio:

«En cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del IV Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía y habiendo sido dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en el Recurso

66/92, que resuelve el conflicto colectivo planteado sobre el acuerdo de la C.I.V. de 12 de junio de 1991 relativo al plus de turnicidad, esta Comisión ratifica el artículo 54, en su punto

12, por el que se regula el referido plus y deja sin efectos el acuerdo de 12 de junio de 1991, en lo referente a este extremo. Asimismo, se suprime la Disposición Adicional 1ª del Convenio.¯ Y para que así conste, se expide la presente certificación con el VºBº del Presidente y los portavoces de las Centrales Sindicales U.G.T. y CC.OO., a los efectos de su remisión a la Dirección General de Trabajo y posterior publicación en BOJA, en Sevilla a 17 de noviembre de mil novecientos noventa y tres.- Vº Bº El Presidente, Juan Luque Alfonso.- Vº Bº Portavoz de U.G.T. Antonio Sánchez Tejero.- Vº Bº CC.OO., Carmelo Cagigal.