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El Decreto 333/88, de 5 de diciembre, creó los Premios Andalucía de Cultura, la posterior ampliación realizada por Decreto
237/91, de 10 de diciembre, pasa a denominarlos Premios Andalucía de Cultura y Medio Ambiente, en ellos se facultaba al Titular de la Consejería para que dictara cuantas disposiciones fueran necesarias para el desarrollo de los citados Decretos. Con la finalidad de otorgar público testimonio de reconocimiento a la labor cultural de personas, organismos públicos y entidades públicas o privadas que hayan contribuido de forma notoria a engrandecer y ampliar la cultura de nuestra Comunidad Autónoma, se hace pública la VI Convocatoria del Premio «Andalucía¯ de Patrimonio Histórico.
Primero: La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en el Decreto 333/88, de 5 de diciembre (BOJA de 17 de diciembre de 1988 núm. 103), por el Decreto 237/91, de 10 de diciembre (BOJA de 20 de diciembre núm. 111) y lo que en esta Orden se establece.
Segundo: Se convoca el Premio «Andalucía¯ de Patrimonio Histórico de 1993.
Tercero: Podrán optar al Premio «Andalucía¯ de Patrimonio Histórico, la persona, o grupo de personas, organismos públicos, entidades públicas o privadas que se hayan distinguido por su labor en este campo, desarrollada en Andalucía o directamente relacionada con ella.
Los candidatos deberán ser propuestos por organismos públicos o entidades públicas o privadas, no pudiendo posturlarse a sí mismos, también podrán ser propuestos por los miembros del jurado designado al efecto, el acuerdo será adoptado conforme a la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, Título II, Cap. II para los órganos colegiados.
Cuarto: Se hará entrega al galardonado de una escultura original de Don Miguel Ortiz Berrocal, símbolo de estos Premios, así como de dos millones de pesetas.
Quinto: Las candidaturas deberán ir acompañadas: 1. Datos personales del candidato.
2. Una memoria justificativa de sus méritos y de las razones que han motivado su presentación.
3. Certificado acreditativo de que el Acuerdo de presentación del candidato, se ha adoptado de conformidad con las normas estatutarias o régimen jurídico por el que se rija la entidad u organismo proponente.
4. Una declaración expresa de aceptación de las bases de este Premio y del Fallo del Jurado, por parte del proponente. 5. Las condiciones establecidas en los apartados anteriores no regirán en el supuesto en el que el candidato lo sea a propuesta del Jurado. En tal caso el fallo no será firme hasta que se produzca la aceptación, por parte del candidato, de las bases y del fallo del Jurado.
La referida documentación se presentará en el Registro General de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, sito en C/ Cuesta del Rosario, 8, 3ª planta.
Sexto: El plazo de presentación de la candidatura queda abierto desde el momento de publicación de esta orden hasta el día 4 de febrero de 1994 a las 13,00 horas. El Fallo del Jurado se hará público el día 18 de febrero de
1994.
La entrega del Premio se realizará en acto público cuya fecha y lugar se anunciarán oportunamente. Séptimo: El Jurado estará compuesto por:
Presidente, el Excmo. Sr. Consejero de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.
Vocales: El Ilmo. Sr. Director General de Bienes Culturales. Cinco personas de reconocido prestigio en el mundo de la cultura, designadas por el Excmo. Sr. Consejero de Cultura y Medio Ambiente.
Secretario, un funcionario de la Dirección General de Bienes Culturales, que actuará con voz pero sin voto.
Octavo: El Consejero de Cultura y Medio Ambiente resolverá todos aquelllos aspectos no previstos en estas bases.
Sevilla, 17 de diciembre de 1993
JUAN MANUEL SUAREZ JAPON
Consejero de Cultura y Medio Ambiente
Ilmos. Sres.: Secretario General Técnico y Director General de Bienes Culturales.