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Advertidos errores en la Orden de 4 de enero de 1993, por la que se regula la Convocatoria de Ayudas Públicas correspondientes al ámbito competencial del Instituto Andaluz de Servicios Sociales para el ejercicio de 1993, publicada en el BOJA núm. 4 de 16 de enero de 1993, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Páginas 148.
En la exposición de motivos, donde dice:
Ley 5/1992, de 28 de diciembre.
Debe decir:
Ley 4/1992, de 30 de diciembre.
Página 150.
En el apartado «a.2. Guarderías Infantiles¯, donde dice: Decreto
61/1992, de 27 de febrero.
Debe decir:
Decreto 61/1990, de 27 de febrero.
En el artículo 20, donde dice:
hasta el día 11 de marzo de 1993 las solicitudes para adquisición, construcción, ampliación/reforma y equipamiento. Debe decir:
hasta el día 11 de marzo de 1993, las solicitudes para adquisición, construcción, ampliación/reforma, equipamiento y eliminación de barreras arquitectónicas.
Página 152
Los contenidos de los artículos 36 y 37 quedarán constituidos con el texto siguiente:
Artículo 36.
Las ayudas para Programas dirigidos a la realización de actividades específicas de promoción e integración social de personas con minusvalía, podrán concederse para la realización de acciones específicas en relación con la divulgación de temas de interés colectivo y mentalización sobre la integración social de minusválidos, así como las destinadas a promocionar la convivencia del colectivo.
Artículo 37.
La cuantía de las ayudas señaladas en el artículo anterior, se fijarán, para cada caso, dentro del límite de dotación presupuestaria correspondiente, atendiendo al coste de la actividad, a la prioridad de las necesidades y al número e importancia de las peticiones recibidas.
En el artículo 39.2, donde dice:
a) Centros de acogida.
b) Residencias.
c) Comedores.
d) Programas y actividades.
Debe decir:
a) Centros de acogida.
b) Residencias.
c) Centros de Día.
d) Comedores.
e) Programas y actividades.
Página 154.
En el artículo 57.2.b), donde dice:
... para adquisición de vivienda adaptada y construida en régimen de protección oficial.
Debe decir:
... para adquisición de viviendas adaptadas, inicial y posteriormente, y construida en régimen de protección oficial.
En este mismo artículo, donde dice:
Cuantía mínima 400.000 Pts.
Debe decir:
Cuantía máxima: 600.000 Pts.
Sevilla, 3 de febrero de 1993
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