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En el expediente instruido por el Ayuntamiento de Priego de Córdoba (Córdoba), se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 22.2.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 79.1 y 80 del Real Decreto 781/1986 de 18 de abril; artículos 109.1, 112.2, 113,
114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986.
Siendo necesario, dar cuenta a la Junta de Andalucía de los expedientes de enajenación de bienes patrimoniales de propios cuando el valor de éstos no exceda del 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación (artículo
109.1 del Real Decreto 1372/1986).
Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía, dar la conformidad a los expedientes de permuta de bienes cuya cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto ordinario (artículo 3o. 9 del Decreto 29/1986 de 19 de febrero). En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:
1º) Prestar conformidad a la permuta de los siguientes bienes:
A) El Ayuntamiento de Priego de Córdoba (Córdoba), adquiere las fincas propiedad de Dª María Luisa Adame Serrano siguientes: Suerte de tierra calma de secano, sita en el partido de Zagrilla, de este término de cabida cinco fanegas o dos hectáreas, veinticinco áreas, cincuenta y nueve centiáreas y cinco decímetros cuadrados. Linda al norte con el camino vecinal, al sur con tierras de D. Juan Bufil Torres, y al oeste el camino vecinal.
Casa cortijo, parte de la conocida por el Casarón, sita en el partido de Zagrilla de este término, que ocupa una extensión superficial de quinientos metros cuadrados y está formada en parte de una planta y en parte de dos. Linda por la derecha entrando con casa de D. Juan Adame Serrano, con la que formaba un todo, por la izquierda y espalda con las tierras descritas en apartado que antecede, siendole aneja la mitad indivisa de la era empedrada que se sitúa por delante de la misma.
B) Dª María Luisa Adame Serrano adquiere la finca propiedad del Ayuntamiento de Priego de Córdoba siguiente:
Solar procedente de la parcela de mayor extensión del Matadero Municipal, sita en la Avda. de España, esquina a la Avda. de la Juventud, con una extensión de 660,70 metros cuadrados, que linda por el norte con los terrenos municipales del polideportivo de esta ciudad, al este con la Avda. de la Juventud, al oeste con terrenos de su misma procedencia, y al sur con calle de nueva apertura a la que dará fachada dicho solar.
2º) Comunicar la presente resolución al Ayuntamiento de Priego de Córdoba (Córdoba).
3º) Publicar la presente resolución en BOJA.
Córdoba, 8 de febrero de 1993.- El Delegado, Rafael Ortega Cruz.
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