Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Expediente: Declaración de Zona Arqueológica, como Bien de Interés Cultural, a favor del yacimiento denominado «Loma de Galera¯, en el término municipal de Alhama de Almería (Almería). Encontrándose en tramitación el expediente de declaración de Zona Arqueológica, como Bien de Interés Cultural, a favor del yacimiento denominado «Loma de Galera¯, en el término municipal de Alhama de Almería (Almería), se ha acordado en consideración al estado en que se encuentran las actuaciones, conceder trámite de audiencia a los interesados en el mismo cuyos datos se desconocen, ya sean propietarios o titulares de otros derechos afectados por la declaración de dicha zona arqueológica. Durante el plazo de diez días y conforme a lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley de procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, las personas a que se refiere el párrafo anterior podrán alegar cuanto estimen conveniente en orden a la declaración que se pretende. A tal fin el expediente en cuestión estará de manifiesto en la Dirección General de Bienes Culturales, Departamento de Régimen General del Patrimonio Histórico Cuesta del Rosario, nº 8, 4ª planta, Consejería de Cultura y Medio Ambiente, en Sevilla, de once a trece horas.
Asimismo a los interesados en el mismo, con domicilio desconocido, que a continuación se indican:
Dª Carmen Martínez Gómez (propietaria de la parcela nº
89 del polígono nº 10).
Dª Librada y D. Manuel Romera Martínez (propietarios de la parcela nº 8 del polígono nº 11).
Dª Dolores García García (propietaria de la parcela nº 184 del polígono nº 11).
La presente notificación se publica a los efectos establecidos en el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de
17 de julio de 1958.
Sevilla, 2 de marzo de 1993.- El Director General, José Guirao Cabrera.
Descargar PDF