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El Excmo. Ayuntamiento, en sesión plenaria celebrada el día
1 de diciembre de 1992, aprobó inicialmente las Normas Subsidiarias de Planeamiento de este término municipal. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 114.1 del R.D.L. 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundio de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, se someten dichas Normas Subsidiarias a información pública por plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la última inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y Diario de Cádiz, durante el cual podrán ser examinadas y formularse las reclamaciones que se estimen pertinentes. En las áreas que se determinan a continuación, queda suspendido el otorgamiento de licencias:
Suelo Urbano: En la totalidad de las Unidades de Ejecución, salvo la Unidad de Ejecución número 22, denominada «Falda del Castillo¯ y en todas aquellas áreas o zonas en las que las nuevas determinaciones de las Normas supongan modificación del régimen urbanístico vigente en ellas.
Suelo Apto para Urbanizar: En su totalidad, con la salvedad de los terrenos de equipamiento de localización vinculante del S.A.U. denominado «Prado de la Feria¯.
Suelo no Urbanizable: Todas aquellas zonas en las que las nuevas determinaciones supongan modificación del régimen urbanístico vigente en ellas.
Plazo de suspensión: El necesario para la aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias.
Medina Sidonia, 21 de diciembre de 1992.- El Alcalde, Juan María Cornejo López.
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