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En el recurso contencioso-administrativo número 1919/91, interpuesto por la entidad Construcciones Romo, S.A. contra la resolución del Director General de Consumo de la Consejería de Salud, sobre expediente sancionador, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia con fecha 29 de diciembre de
1992, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Baturone, en nombre y representación de construcciones Romo, S.A. contra desestimación del recurso de alzada entablado contra resolución sancionadora de la Dirección General de Consumo de 7 de noviembre de 1990, confirmamos dichas resoluciones salvo en relación a la sanción pecuniaria impuesta que lo será la cuantía de
500.000 ptas. Sin costas.¯
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 23 de marzo de 1993
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
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