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El Real Decreto 1433/1979, de 8 de junio, estableció el Plan Técnico Transitorio del Servicio Público de la Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia, al amparo del cual, el Decreto 86/1982, de 27 de agosto, reguló la concesión de Emisoras de Radiodifusión -Institucionales y privadas- en Ondas Métricas con Fecuencia Modulada en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de 17 de abril de 1984, se concede la adjudicación provisional de una Emisora de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia a la entidad Radio Información Cordobesa en Córdoba en la frecuencia 91.4 MHz (BOJA núm. 49, de 17 de mayo).
A tenor de lo dispuesto en el Decreto 49/1985, de 5 de marzo (BOJA núm. 27 de 22 de marzo), se autorizó la transferencia de esta Emisora a favor de la Entidad Bética de Información, S.A.
Al amparo del Real Decreto 169/1989, de 10 de febrero, por el que se aprobó el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia, la Junta de Andalucía reguló por Decreto 75/1989, de 4 de abril, la concesión de Emisoras de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de aplicación a todos los efectos en la concesión de Emisoras de F.M.
De conformidad con lo establecido en el apartado 8 del artículo 6 del citado Decreto 75/1989, de 4 de abril, la Dirección General de Comunicación Social extendió Acta de Conformidad Final de la instalación de la Emisora.
En consecuencia, a propuesta de la Consejera de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 23 de febrero de 1993.
A C U E R D O
Primero: Otorgar, concesión definitiva a la Entidad «Bética de Información, S.A.¯ para el funcionamiento de una emisora de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia en la localidad de Córdoba.
Segundo: El plazo de vigencia de esta concesión se fija en
10 años y podrá prorrogarse sucesivamente, por períodos iguales, previa solicitud del concesionario con tres meses de antelación a la fecha de extinción del plazo concedido. En todo caso, el concesionario queda obligado a garantizar la prestación continuada del servicio.
Tercero: Las características técnicas establecidas para la mencionada emisora, de conformidad con el Proyecto Técnico aprobado, son las que figuran en el anexo al presente Acuerdo. La frecuencia asignada queda condicionada, en su caso, al trámite de la coordinación internacional.
Cuarto: Cualquier modificación de las características técnicas establecidas, de la titularidad del concesionario o del accionariado, así como de cuantas actuaciones puedan afectar a la gestión o funcionamiento de la emisora, deberán ajustarse a lo previsto en la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, Real Decreto
169/1989, de 10 de febrero, Decreto 75/1989, de 4 de abril, y demás normas que puedan resultar de aplicación.
Sevilla, 23 de febrero de 1993
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de la Presidencia
ANEXO
CARACTERISTICAS TECNICAS AUTORIZADAS PARA LA EMISORA DE RADIODIFUSION SONORA EN ONDAS METRICAS CON MODULACION DE FRECUENCIA UBICADA EN CORDOBA CUYO TITULAR ES LA ENTIDAD BETICA DE INFORMACION, SA.
- COORDENADAS GEOGRAFICAS DE UBICACION DEL TRANSMISOR:
37º 56 30 N
04º 49 05 W
- COTA (m): 580
- DENOMINACION DE LA EMISION: 256KF8EHF
- FRECUENCIA DE EMISION (MHz): 91.4
- POTENCIA RADIADA APARENTE MAXIMA (w): 8.000 (PARA 150º)
- POTENCIA MAXIMA NOMINAL DEL EQUIPO TRANSMISOR (w): 500
- POTENCIA DE SALIDA MAXIMA AUTORIZADA DEL EQUIPO TRANSMISOR (w): 843
- SISTEMA RADIANTE Y CARACTERISTICAS DE RADIACION: 4 DIPOLOS DIRECTIVO. SECTOR a-3dB (120º-180º)
- ALTURA SOBRE EL SUELO DEL CENTRO ELECTRICO DE LA ANTENA (m): 25
- ALTURA DEL MASTIL (m): 30
- ALTURA EFECTIVA MAXIMA (m): 448
- POLARIZACION DE LA EMISION: MIXTA
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