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Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno de Málaga en sesión ordinaria celebrada el 29 de enero de 1993, se ha adoptado el siguiente acuerdo:
El pleno conoce propuesta del Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de fecha 25 de enero de
1993, cuyo texto a la letra es el siguiente: «Se dio cuenta de expediente relativo a modificación de Estudio de Detalle de la Unidad de Actuación Bailén-1 del PERI Bailén, promovido por D. Enrique Villafranca Porras e/r de Aljonoz, S.A., el cual recibió la aprobación inicial en sesión plenaria municipal de fecha 31 de julio de 1992.
Resulta de las actuaciones que sometido el expediente al trámite de información pública, durante el mismo se ha presentado una alegación por D. Antonio Gallardo Moreno en representación de la Comunidad de Propietarios del Edificio sito en el nº 35 de Avda. Barcelona, la cual ha sido informada con fecha
19 de los corrientes por el Departamento de Planeamiento y Diseño Urbano en el sentido de su desestimación. A la vista de cuanto antecede, el Consejo, por unanimidad de los Sres. miembros asistentes, propuso al Excmo. Ayuntamiento Pleno adopte los siguientes acuerdos:
1º. Desestimar la alegación formulada por D. Antonio Gallardo Moreno en representación de la Comunidad de Propietarios del Edificio sito en el nº 35 de Avda. de Barcelona, de conformidad con lo expuesto en el informe del Departamento de Planeamiento y Diseño Urbano de fecha 19 de enero de 1993, del que se dará traslado al alegante como motivación y fundamento del presente acuerdo.
2º. A tenor de lo dispuesto en el art. 117.4 del Real Decreto Legislativo 1/1992, aprobar definitivamente la modificación de Estudio de Detalle de la Unidad de Actuación Bailén-1 del PERI Bailén, promovido por D. Enrique Villafranca Porras e/r de Aljonoz, S.A., conforme a la documentación técnica que recibió la aprobación inicial.
3º. Disponer la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial correspondiente, a tenor de lo establecido en los arts. 124.1 y 131 del mismo Real Decreto Legislativo, significándose al promotor que no adquirirá fuerza ejecutoria hasta entonces¯. Informa el Sr. Secretario General que presta su conformidad al informe del Servicio correspondiente.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los Sres. miembros de la Corporación asistentes al debate y votación del presente punto y con el quórum suficiente, acordó prestar su aprobación a la propuesta cuyo texto ha sido transcrito.
Lo que se hace público para general conocimiento significándose que contra el acuerdo antes transcrito podrá Ud. interponer recurso de reposición ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, dentro del plazo de un mes a contar desde el siguiente día al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial correspondiente como trámite o requisito previo al recurso contencioso administrativo que podrá interponer ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, dentro del plazo de dos meses contados desde el siguiente día a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si fuere expreso, y si no lo fuere, dentro del plazo de un año a contar de la fecha de interposición del recurso de reposición; todo ello de conformidad con lo regulado en el Art. 52 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local y Arts.
52 y 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Asimismo puede interponer cualquier otro recurso que considere procedente.
Málaga, 19 de febrero de 1993.- El Alcalde-Presidente del Consejo de Administración de la Gerencia. P.D., El Teniente Alcalde Delegado de Urbanismo, Obras e Infraestructura, Hilario López Luna.
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