Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O :
Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ASOCIACION GREMIAL PROVINCIAL DE TRABAJADORES AUTONOMOS DE AUTO-TAXIS Y S.E. DE GRANADA
..............................................TARIFAS AUTORIZADAS CONCEPTO........................................IVA INCLUIDO
A) Tarifa Base:
a.1 Bajada de bandera....................... 105 ptas. a.2 Por km. recorrido.......................... 62 ptas. a.3 Hora de parada............................ 1.557 ptas.
B) Suplementos:
b.1 Por cada maleta o bulto de más de 60 cm............. 45 ptas. b.2 Servicios días festivos
(desde las 00 a las 24 horas)..................................... 69 ptas. b.3 Servicios nocturnos en días laborables (desde las 22 a las 6 horas)....................................... 69 ptas.
C) Carrera Mínima..................................................231 ptas.
D) Servicios Especiales
d.1 Corpus, Semana Santa, Natividad, Día de la Cruz y Festivales de Música y Danza.............................. 63 ptas. d.2 Suplemento a El Fargue..................................... 143 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de marzo de 1993
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
Descargar PDF