Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 13/4/1993

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 4 DE GRANADA

EDICTO. (PP. 717/93).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Granada,

Hace saber: Ante este Juzgado se siguen autos de Juicio de Banco Hipotecario de España núm. 1136/91, a instancia de Banco Hipotecario de España, S.A. representado por la Procuradora Sra. García Anguiano contra Don Nicolás Vargas Valverde, acordándose sacar a pública subasta los bienes que se describen, la que tendrá lugar en la Sala de Audiencias de este Juzgado:

Primera Subasta: El día 28 de enero de 1994 y hora de las

10 de la mañana, y por el tipo de tasación.

Segunda Subasta: El día 4 de marzo de 1994 y hora de las

10 de la mañana, y con rebaja del veinticinco por cien del tipo de tasación.

Tercera Subasta: El día 7 de abril de 1994 y hora de las 10 de la mañana, y sin sujeción a tipo.

CONDICIONES

1º. Para tomar parte en la subasta, los licitadores deberán consignar previamente en la mesa del Juzgado o establecimiento al efecto, una cantidad no inferior al 20% del tipo en primera y segunda subasta y el 20% del tipo de segunda, en tercera subasta.

2º. El remate podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero, dentro de los ocho días siguientes, consignándose previa o simultáneamente el precio del remate.

3º. Los autos y certificación del Registro de la Propiedad están de manifiesto en Secretaría donde podrán ser examinados, entendiéndose que todo licitador la acepta como bastante la titulación, y que las cargas y gravámenes, anteriores o preferentes al crédito del actor, quedarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate.

4º. Que a instancia del actor, podrá reservarse el depósito de aquellas posturas, que cubran el tipo de licitación, para el supuesto de que el adjudicatario no cumpla sus obligaciones.

5º. Para el caso de que el bien que sale a subasta sea el derecho de traspaso del local de negocio, se hace saber que el rematante se obliga a mantener por lo menos durante un año el local destinado a la misma actividad que hoy tiene, y a no traspasarlo durante un año.

6º. Sirviendo el presente, para en su caso, de notificación al deudor, por si lo estima conveniente, libere, antes del remate, sus bienes, pagando principal y costas.

FINCA OBJETO DE SUBASTA

Urbana Número Dieciséis: Vivienda de tipo dúplex C, en un solar de 125,30 m2, orientada al Oeste, en la Loma de la Mezquita, término de El Ejido, distribuida en varias dependencias, además de un almacén en planta baja y terrazas en la alta.: la superficie construida del almacén es de veintitrés metros cuarenta y nueve decímetros cuadrados; y de la vivienda sin aquél ciento diez metros y cuatro decímetros cuadrados. La superficie útil del almacén es de veintidós metros cuadrados; y de la vivienda sin aquél ochenta y nueve metros sesenta y nueve decímetros cuadrados. Consta además, de un patio al fondo y una zona de acceso y porche al frente: Linda: Norte, vivienda diecisiete; Sur: la quince, Este, la siete; y Oeste, calle Huelva. Finca registral núm.

44.731.

Ha sido valorada en siete millones trescientas veinte mil pesetas.

Dado en Granada, a 14 de enero de 1993.- El Secretario.

Descargar PDF