Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 13/4/1993

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 4 DE GRANADA

EDICTO. (PP. 719/93).

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El Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Granada,

Hace saber: Ante este Juzgado se siguen autos de Juicio de Banco Hipotecario de España núm. 556/902, a instancia de Banco Hipotecario de España, S.A. representado por la Procuradora Sra. García Anguiano contra Don Julio Torres Campoy y Doña Angeles Prados Alonso, acordándose sacar a pública subasta los bienes que se describen, la que tendrá lugar en la Sala de Audiencias de este Juzgado:

Primera Subasta: El día 8 de febrero de 1994 y hora de las

10 de la mañana, y por el tipo de tasación.

Segunda Subasta: El día 11 de marzo de 1994 y hora de las 10 de la mañana, y con rebaja del veinticinco por cien del tipo de tasación.

Tercera Subasta: El día 14 de abril de 1994 y hora de las

10 de la mañana, y sin sujeción a tipo.

CONDICIONES

1º. Para tomar parte en la subasta, los licitadores deberán consignar previamente en la mesa del Juzgado o establecimiento al efecto, una cantidad no inferior al 20% del tipo en primera y segunda subasta y el 20% del tipo de segunda, en tercera subasta.

2º. El remate podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero, dentro de los ocho días siguientes, consignándose previa o simultáneamente el precio del remate.

3º. Los autos y certificación del Registro de la Propiedad están de manifiesto en Secretaría donde podrán ser examinados, entendiéndose que todo licitador la acepta como bastante la titulación, y que las cargas y gravámenes, anteriores o preferentes al crédito del actor, quedarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate.

4º. Que a instancia del actor, podrá reservarse el depósito de aquellas posturas, que cubran el tipo de licitación, para el supuesto de que el adjudicatario no cumpla sus obligaciones.

5º. Para el caso de que el bien que sale a subasta sea el derecho de traspaso del local de negocio, se hace saber que el rematante se obliga a mantener por lo menos durante un año el local destinado a la misma actividad que hoy tiene, y a no traspasarlo durante un año.

6º. Sirviendo el presente, para en su caso, de notificación al deudor, por si lo estima conveniente, libere, antes del remate, sus bienes, pagando principal y costas.

FINCA OBJETO DE SUBASTA

Piso segundo derecha tipo A, izquierda, de la planta tercera de la casa sita en la ciudad de Motril, avendida de la Habana núm. 6, bloque 1 de la Urbanización, distribuida en vestíbulo pasillo-distribuid comedor, cocina, cuarto de aseo, cuatro dormitorios y un ropero, con una superficie útil según proyecto primitivo de setenta y cuatro metros setenta y ocho decímetros cuadrados. Finca registral número 11.629.

Ha sido valorada en tres millones ochocientas sesenta mil pesetas.

Dado en Granada, a 9 de febrero de 1993.- El Secretario.

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