Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 22/4/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 13 de abril de 1993, por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 675/90, interpuesto contra esta Consejería por los Colegios Oficiales de Médicos de Sevilla y Córdoba.

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En el recurso contencioso-administrativo número 675/90 resultado de la acumulación de los recursos interpuestos por el Colegio Oficial de Médicos de Córdoba contra el Decreto

80/87, de 25 de marzo de la Consejería de Salud, de ordenación y organización del Servicio Andaluz de Salud y por el Colegio Oficial de Médicos de Sevilla contra el Decreto 195/85, de 28 de agosto, de la Consejería de Salud y Consumo sobre ordenación de los Servicios de Atención Primaria de Salud de Andalucía, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia con fecha 21 de septiembre de 1992 cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que estimando la causa de inadmisibilidad aducida, debe declarar y declara inadmisible el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Carlos Alameda Ureña en nombre del Colegio Oficial de Médicos de Córdoba contra el Decreto 80/87 de 25 de marzo de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, relativo a ordenación y organización del Servicio Andaluz de Salud. Y debe desestimar y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Dª Lourdes Contreras Tirado en nombre del Real e Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Sevilla contra el decreto 195/85 de 28 de agosto de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía relativo a ordenación de los Servicios de Atención Primaria de Salud, por aparecer el mismo ajustado a derecho. Sin que haya lugar a expresa condena en costas a ninguna de las partes¯. En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.

Sevilla, 13 de abril de 1993

JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO

Consejero de Salud

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