La Junta
Consejo de Gobierno
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El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrad el 26 de marzo de 1993, aprobó una propuesta cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Primero. Desestimar las alegaciones presentadas por las Asociaciones de Vecinos «Los Jardines¯, «Tres Calles¯, «Los Vecinos¯ y «La Casa del Barrio¯, en base al informe técnico obrante en el expediente.
Segundo. Aprobar definitivamente el Modificado del Estudio de Detalle de la C/ Torregrosa en Bda. de Torreblanca, redactado por la Gerencia Municipal de Urbanismo.
Tercero. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Facultar a la Alcaldía y al Teniente de Alcalde que suscribe para la ejecución de los anteriores acuerdos.
Contra dicho acuerdo, definitivo en vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la propia Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial¯ de la provincia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el Art. 52 de la Ley de Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1985.
También podrá interponerse contra dicha resolución recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente, dentro del término de dos meses siguientes a la notificación del acuerdo que caiga resolutorio del recurso de reposición y, si no fuese adoptado tal acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del año siguiente a la fecha en que se presentara el recurso de reposición, según lo dispuesto en el art. 58 de la citada Ley de lo Contencioso-Administrativo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 2 de abril de 1993.- El Secretario General, P.D. El Oficial Mayor.
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