Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 18/5/1993

5. Anuncios5.1 Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Otros. AYTO. DE ALMONTE (HUELVA)

ANUNCIO. (PP. 1105/93).

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D. Francisco Bella Galán, Alcalde-Presidente del Iltmo. Ayuntamiento de Almonte (Huelva).

Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en Sesión Extraordinaria, celebrada el día 24 de marzo de 1993, aprobó el Pliego de Cláusulas Administrativas para la adjudicación mediante concurso de dos licencias de auto-taxis para el servicio de transporte urbano de viajeros en automóviles ligeros de alquiler con conductor en playa de Matalascañas (Almonte-Huelva), que se expone al público durante un plazo de ocho días, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que puedan presentarse reclamaciones. Simultáneamente se anuncia concurso, si bien la adjudicación se aplazará, cuando resulte necesario, en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra el Pliego de cláusulas, que se transcribe a continuación:

Pliego de Cláusulas

Primera. El objeto de la presente convocatoria es la adjudicación por el procedimiento del concurso de dos licencias de auto-taxis para la prestación del servicio de transporte urbano de viajeros en automóviles ligeros de alquiler con conductor, si contador taxímetro. Y las correspondientes autorizaciones que habilitan para la prestación de servicios públicos interurbanos.

Segunda: Condiciones Generales:

a) Ser español.

b) Haber cumplido 18 años, sin exceder de aquéllos que fija el Código de la Circulación o leyes vigentes para este tipo de actividad. c) Hallarse en posesión del permiso de conducción de la clase «C¯, o superior a ésta, expedido por la Jefatura de Tráfico. d) No padecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión.

e) Carecer de antecedentes penales.

Condiciones específicas:

a) Compromiso de aportar un vehículo de la categoría de turismo, con un número máximo de plazas no superior a cinco, incluida la del conductor, debiendo figurar esta capacidad máxima tanto en el permiso de circulación, como en el certificado de características. La antigüedad del vehículo no será superior a dos años desde la fecha de matrícula inicial.

Tercera: 1. La solicitud de licencia se formulará por el interesado acreditando sus condiciones personales y profesionales, la marca y modelo de vehículo que utilizará y acompañando los justificantes que acrediten las circunstancias que en él concurran en relación a la prelación que señala la cláusula séptima, que serán valorados por el Pleno de la Corporación. 2. Se presentarán dirigidas al Sr. Alcalde en el Registro General del Ayuntamiento, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cuarta: Terminado el plazo de presentación de solicitudes la relación de aspirantes a las licencias se hará pública en el Tablón de Anuncios y Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados y las Asociaciones Profesionales de Empresarios y Trabajadores puedan alegar lo que estimen procedente en defensa de sus derechos en el plazo de quince días.

Quinta: Una vez expirado el plazo de publicación del anuncio a que hace referencia la cláusula anterior, las solicitudes presentadas pasarán a informe de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento o del Secretario General, en su caso, que lo emitirá en el plazo de ocho días.

Sexta. El expediente dictaminado por la Comisión Informativa correspondiente, será resuelto por el Ayuntamiento Pleno que adjudicará las licencias.

Séptima. La relación para la adjudicación de las licencias será la siguiente, por el orden que se establezcan:

a) Conductores asalariados de los titulares de las licencias de auto-taxis, que presten servicio con plena y exclusiva dedicación en la profesión acreditada mediante la posesión y vigencia del permiso de conductor expedido por el Ayuntamiento

y la inscripción y cotización en tal concepto a la Seguridad Social.

b) Si fuese más el número de conductores asalariados que el número de licencias, se hará la adjudicación por rigurosa y continuada antigüedad.

c) Si el número de licencias fuese superior al de conductores asalariados que las soliciten, la adjudicación del resto de licencias se efectuará con arreglo al siguiente baremo:

a') Vecino del municipio con un año, como mínimo de antigüedad de empadronamiento: 5 puntos.

b') Experiencia mínima de un año en el servicio de transporte de viajeros: 2 puntos.

c') Estar en situación de paro, acreditado por la oficina local o comarcal de Empleo: 2 puntos.

Octava: 1. No se exigirá a los aspirantes la presentación previa de los documentos justificativos de las condiciones generales y específicas fijadas en la cláusula 2ª, salvo los justificantes de las circunstancias que en él concurren en relación a la prelación que señala la cláusula séptima.

2º. Los adjudicatarios de las licencias deberán presentar los documentos a que hace referencia el apartado en el plazo de un mes. Y están obligados a prestar servicio con el vehículo correspondiente, en el plazo de sesenta días naturales, contados

desde la fecha de la concesión de licencia.

Lo que se hace público para General conocimiento, en Almonte a uno de abril de mil novecientos noventa y tres.- El Alcalde.

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